RibéSalat dispone de los mecanismos necesarios para atender y resolver las quejas y reclamaciones que presenten sus clientes, de conformidad con la normativa aplicable en materia de transparencia y protección del cliente de servicios financieros.
- Antes de presentar formalmente su queja o reclamación, contacte primero con nosotros a través de su oficina o de su persona contacto habitual y nos ocuparemos de tratar y resolver su problema.
- Si considera que no se ha satisfecho su demanda, puede dirigirse por escrito a nuestro Servicio de Atención al Cliente, presentando su queja a través de este formulario o bien a través de los datos de contacto indicados a continuación. El plazo máximo para la resolución del expediente es de un mes en el caso de que el reclamante tenga la consideración de consumidor y de dos meses en el resto de supuestos, a partir de la fecha de presentación de la queja o reclamación. Puede consultar el Reglamento de funcionamiento del Servicio de Atención al Cliente aquí.
SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE
INADE Instituto Atlántico del Seguro
Calle La Paz, 2, bajo
36202 Vigo
986 485 228
[email protected] - En caso de disconformidad con el pronunciamiento del Servicio de Atención al Cliente o si, transcurrido el plazo máximo desde la presentación de su queja o reclamación, no se ha resuelto su petición, podrá dirigirse al Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. No podrá presentarse.
DIRECCIÓN GENERAL DE SEGUROS Y FONDOS DE PENSIONES
Servicio de Reclamaciones
Paseo de la Castellana, N.º 44
28046 Madrid
902 191 111
www.dgsfp.mineco.es
Normativa de transparencia y protección del cliente de servicios financieros.
- Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de medidas de reforma del sistema financiero.
- Real Decreto‐ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes, de transposición de la Directiva (UE) 2016/97 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de enero de 2016, sobre la distribución de seguros.
- Orden ECO/734/2004 de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor de las entidades financieras.
- Orden ECC/2502/2012, de 16 de noviembre, por la que se regula el procedimiento de presentación de reclamaciones ante los servicios de reclamaciones del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.