Tax Insurance Liability: el seguro para cubrir contingencias fiscales
Aspectos destacados
1Tax Insurance Liability protege a la empresa frente a contingencias fiscales conocidas identificadas en M&A o en su operativa habitual.
2El seguro fiscal cubre pérdidas por no conseguir el tratamiento fiscal esperado de un hecho imponible concreto.
3La Due Diligence permite detectar un riesgo fiscal y decidir si conviene transferirlo a una póliza.
4La cobertura aporta certeza en transacciones transfronterizas y reduce el riesgo de bloqueo del acuerdo.
5Un riesgo asegurable exige baja probabilidad, alto impacto y una base legal sólida para defender la posición fiscal.
Los seguros para cubrir contingencias fiscales cada vez son más populares. Las empresas y los fondos que adquieren compañías están aumentando la contratación de pólizas para eventuales sanciones de Hacienda e inspecciones, y en este contexto el Tax Insurance Liability o Seguro Fiscal se ha convertido en una solución clave para ganar certeza y proteger el balance.
Las pólizas fiscales han aumentado en los últimos años en Europa y sobre todo en España, debido al incremento de operaciones de M&A que involucra a fondos extranjeros, la incertidumbre sobre potenciales cambios y crecientes inspecciones de la Agencia Tributaria y el retraso en las respuestas de la Dirección General de Tributos (DGT).
El seguro fiscal protege ante contingencias fiscales conocidas. Concretamente, cubre las pérdidas derivadas de la no consecución del tratamiento fiscal esperado respecto a un hecho imponible concreto. El Seguro Fiscal protege al obligado tributario ante contingencias fiscales identificadas en el marco de una operación de M&A o en el día a día de una compañía.
El seguro fiscal protege ante contingencias fiscales conocidas. Concretamente, cubre las pérdidas derivadas de la no consecución del tratamiento fiscal esperado respecto a un hecho imponible concreto. El Seguro Fiscal protege al obligado tributario ante contingencias fiscales identificadas en el marco de una operación de M&A o en el día a día de una compañía.
¿Cuándo puede ser útil?
Este seguro puede ser de utilidad en los siguientes casos:
Si los informes de Due Diligence han detectado una contingencia fiscal
Si se necesita transferir y delimitar un riesgo fiscal concreto
Se quiere proporcionar más certeza en las transacciones transfronterizas
Si la legislación fiscal incierta o compleja significa que es difícil puede concluir cómo se aplica a una transacción
En cualquiera de estos supuestos, el Tax Insurance Liability aporta un marco claro para gestionar la exposición fiscal sin bloquear la operación.
¿Qué cubre?
El seguro de responsabilidad fiscal puede ayudar a una empresa a reducir o eliminar su exposición a un riesgo identificado de una pérdida que surja de una impugnación exitosa por parte de una autoridad fiscal del tratamiento fiscal esperado de una transacción propuesta o histórica.
El riesgo de que las autoridades fiscales puedan cuestionar el tratamiento fiscal dado a una determinada operación. Estas situaciones pueden generarse en procesos de M&A que en ocasiones suponen una amenaza para el acuerdo (‘break deal’), como también en operaciones habituales llevadas a cabo por grandes grupos multinacionales como al riesgo corporativo no transaccional (como reestructuraciones, distribución de dividendos al extranjero, exposiciones de precios de transferencia). En estas situaciones, el Tax Insurance Liability actúa como un mecanismo de transferencia del riesgo, que ayuda a mantener la viabilidad económica de la transacción.
Premisas para que un riesgo sea asegurable
Riesgos de probabilidad baja, pero de alto impacto (cuantía elevada)
Contingencias derivadas de la interpretabilidad de la ley
Debe existir una base legal sólida para defender la posición fiscal que se está tomando
Tipos de riesgos asegurables
Cuestiones de PE y residencia
Retención de impuestos sobre intereses / dividendos
Reorganizaciones/ escisiones libres de impuestos
Exención de participación
Disponibilidad / existencia de NOLs / coste base
Precios de transferencia
El proceso
Siniestro
La reclamación en caso de siniestro debe notificarse dentro del período de la póliza, aunque no es necesario que el proceso concluya dentro de ese período.
Más certeza con Tax Insurance Liability
Con cada vez más escrutinio fiscal, operaciones de M&A complejas y criterios interpretativos cambiantes, contar con una solución que aporte certeza y reduzca la exposición al riesgo marca la diferencia. El Tax Insurance Liability permite transferir contingencias fiscales identificadas y proteger el valor de la transacción o la estabilidad financiera de la compañía ante posibles impugnaciones de la autoridad tributaria.
Para evaluar un Tax Insurance Liability que encaje con tu operación o en la gestión diaria de tu negocio, contacta con nuestro equipo en RibéSalat. Te ayudaremos a analizar el riesgo, definir el alcance de cobertura y obtener un asesoramiento profesional orientado a la mejor protección posible.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta una póliza de seguro fiscal y qué factores influyen más en el precio?
El coste suele expresarse como un porcentaje del límite asegurado (prima “rate on line”) y varía según la jurisdicción, la complejidad y la solidez técnica de la posición fiscal, además de si existe auditoría o litigio (suele encarecerlo). En Europa/EEE es habitual ver rangos aproximados del 0,8%–4% y, en general, muchas operaciones se mueven en horquillas del 2%–6% del límite, con primas mínimas habituales en el mercado (por ejemplo, decenas de miles de euros) dependiendo del asegurador y el riesgo.
¿Qué límites, franquicias y periodos de vigencia suelen pactarse en Tax Insurance Liability?
En Tax Insurance Liability el límite se define en función de la exposición económica y puede ir desde importes medios (cientos de miles) hasta torres con importes muy elevados cuando el riesgo lo requiere. La franquicia/retención depende del caso: en algunas estructuras puede ser baja o incluso nula (especialmente si se busca sustituir escrows), mientras que en otras se fija como un pequeño porcentaje del valor/EV o se limita a determinados costes (p. ej., defensa). La vigencia suele alinearse con los plazos de prescripción/revisión y, como estándar, se cita con frecuencia 7 años, con posibilidad de ampliarse (en ciertos escenarios) hasta 10 años.
¿Quién puede figurar como asegurado en un seguro fiscal: comprador, vendedor, target o varias partes a la vez?
Puede estructurarse para proteger a comprador o vendedor, y también puede contratarse por el target (por ejemplo, como preparación de una venta) o por quien soporte el riesgo económico en el diseño del acuerdo; en la práctica, se adapta a quién necesita la protección y cómo se quiere asignar el riesgo. En procesos de M&A, hay planteamientos donde el comprador lo utiliza para reforzar su oferta y otros donde el vendedor/target lo impulsa para reducir fricción en la negociación.
¿Cómo se coordina un seguro fiscal con las indemnidades del SPA y los mecanismos de escrow o retenciones?
La coordinación se trabaja para que el SPA (definición de pérdida, notificaciones, control de reclamaciones, límites y plazos) sea coherente con la póliza: el seguro puede complementar o sustituir parcialmente indemnidades específicas y, según el apetito de las partes, reducir la necesidad de escrow/retenciones o redefinirlas (por ejemplo, reservándolas para riesgos no asegurables o para exclusiones). La clave es alinear desde el inicio los términos del acuerdo con los términos de cobertura para evitar huecos entre lo pactado y lo asegurado.
¿Qué exclusiones son más habituales en un Tax Insurance Liability y cómo se negocian para no dejar “huecos” críticos?
Lo más común es que la póliza cubra solo el riesgo definido (hecho imponible/posición concreta) y deje fuera lo que no esté descrito de forma expresa, por lo que el mayor “hueco” suele venir de una definición insuficiente del riesgo o de condiciones demasiado restrictivas. Además, el mercado suele excluir conductas dolosas/ilícitas y, en muchas estructuras, determinados escenarios pueden quedar fuera si ya hay un procedimiento abierto o si se trata de conductas intencionales; también es frecuente que “cambio de ley” haya sido una exclusión histórica, aunque algunos mercados han ampliado apetito en ciertos supuestos. Se negocia afinando la redacción del riesgo asegurado, ajustando manifestaciones/undertakings, y pactando cómo se tratan intereses, sanciones no penales y costes, para que la póliza responda como se espera.
¿Qué documentación suelen pedir las aseguradoras para cotizar un seguro fiscal sin retrasar la operación?
Normalmente piden un paquete “cerrado” que les permita validar hechos y análisis: un memo/opinión fiscal bien estructurada (hechos, análisis, cuantificación y probabilidad), el informe de tax due diligence (si aplica), documentos corporativos y de la transacción relevantes (estructura, pasos, borradores de SPA/definiciones de pérdida), soportes de la posición fiscal (contratos, acuerdos, cálculos), y cualquier correspondencia o antecedentes con la autoridad tributaria si existen; tras la primera revisión, suelen abrir un Q&A con solicitudes adicionales para confirmar supuestos. Cuanto más precisa sea la documentación y el análisis, menos rondas de preguntas aparecen y más ágil es la cotización.