Los patinetes eléctricos son, desde hace unos años, los protagonistas de las grandes ciudades. Según datos de la revista Tráfico de la DGT, en 2019 las ventas de patinetes eléctricos superaron las 300.000 unidades, y en 2021, más de un millón de españoles se incorporaron al uso de la bicicleta y el patinete eléctrico en las ciudades. En este sentido, las previsiones para 2022 se sitúan ampliamente por encima de estas cifras, y datos como que en España existan más de 800.000 patinetes eléctricos, confirman las hipótesis.

El auge de los vehículos de movilidad personal (VMP) no es casualidad: la mayor concienciación que existe en la sociedad para proteger el medio ambiente, y aspectos como el incremento del precio del combustible o las restricciones impuestas a los coches para circular por el centro de algunas ciudades, han afectado directamente al aumento de uso de este tipo de vehículos.

Sin embargo, la proliferación en el uso de VMP ha derivado también en un ascenso de las cifras de accidentes con heridos e incluso fallecidos. Solo En 2020, último año del que se dispone de datos completos, la DGT contabilizó ocho usuarios de vehículos de movilidad personal fallecidos en siniestros, 97 heridos graves y 1.097 leves. Todo esto ha reabierto el debate sobre la necesidad de regular su uso, incluida la protección de todos los usuarios de la vía pública mediante seguros.

La nueva regulación de los VMP

Con el objetivo de llevar a cabo la trasposición de la Directiva (UE) 2021/ 2118 del Parlamento Europeo y del Consejo, por la que se modificaría la normativa regulatoria de los VMP, los ministerios de Justicia y Asuntos Económicos, sacaron el pasado mes de marzo a consulta pública los puntos principales de la reforma. Una reforma que próximamente se someterá a audiencia pública para que todas las partes implicadas puedan hacer sus aportaciones.

La futura normativa incluirá la indemnización de los perjudicados como consecuencia de accidentes en caso de insolvencia de la aseguradora, los importes mínimos obligatorios de cobertura del seguro, los controles del seguro de los vehículos por parte de los Estados miembros, y el uso de las certificaciones de antecedentes de siniestralidad de los tomadores de seguros, entre otros.

El legislador español, por su parte, deberá adecuar el ámbito de aplicación del seguro de responsabilidad civil de circulación de vehículos a motor de forma que se delimiten los vehículos que obligatoriamente deben disponer de seguro de responsabilidad civil y se determinen las exclusiones.

También deberá establecer garantías para evitar que los controles del seguro de los vehículos que tengan su estacionamiento habitual en el territorio de otro Estado miembro, autorizando solo controles del seguro que no sean discriminatorios, siempre que sean necesarios y proporcionados, formen parte de un sistema general de controles en el territorio nacional de este tipo de vehículo y no requieran la detención del vehículo.

En la misma línea, se encargará de asegurar que el uso de las certificaciones de siniestralidad no dé lugar a discriminaciones con recargos en las pólizas o la imposibilidad de acogerse a descuentos. Y también de la protección de los perjudicados en accidentes con implicación de un remolque arrastrado por un vehículo. Además, no habrá cambios en los importes mínimos obligatorios de cobertura ya que, en la actualidad, los límites mínimos de aseguramiento superan los fijados en la nueva Directiva.

La realidad de los seguros en España

Aunque por el momento no hay nada decidido, antes de diciembre de 2023 España deberá adaptar su normativa a la directiva comunitaria de seguros de vehículos a motor, que establece que los vehículos de movilidad personal tendrán obligación de disponer de seguro. Sin embargo, según la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGS), la normativa española actual solo exige contratar un seguro de responsabilidad civil a los vehículos a motor, lo que excluye a los VMP de uso particular. Un claro ejemplo son los patinetes eléctricos, que no son considerados vehículos a motor y, por tanto, no requieren ni de permiso de circulación ni de seguro obligatorio, a excepción de cuando lo hace una empresa de alquiler, turística, etc. En estas circunstancias, sí existe obligación de asegurar.

Las compañías de alquiler de patinetes, bicicletas eléctricas y otros VMP ya suelen contar con seguros de responsabilidad civil por los daños a terceros que el usuario pueda provocar, pero es cierto que existe una especie de vacío legal para el parque de VMP particulares que circulan cada día por las calles. Frente a esto, la Fiscalía de Seguridad Vial, la Federación Española de Municipios y muchos ayuntamientos, entre ellos el consistorio de Barcelona, están reclamando a la Dirección General de Tráfico (DGT) que establezca también un seguro obligatorio para los VMP.

De momento, aunque no sea de cumplimiento obligatorio, las aseguradoras están anticipándose a la nueva normativa, adaptando las características de las pólizas que cubren a los usuarios de patinetes y de otros tipos de vehículos de movilidad personal, a un escenario en el que las ciudades se están transformando hacia una movilidad necesariamente más sostenible.

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